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La Nación: HB 515 en Florida: la ley poco conocida que impacta en las criptomonedas y otras transferencias electrónicas
12/07/2025 | 13 visitas
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Florida implementa la ley HB515, que regula criptomonedas y transferencias electrónicas con el marco legal más avanzado de EE.UU.
Florida promulgó la ley HB 515, una iniciativa que podría tener un impacto profundo en la forma en la que se manejan las transacciones electrónicas y las criptomonedas. Firmada por el gobernador Ron DeSantis, esta legislación entró en vigor el 1° de julio de 2025 y redefine aspectos esenciales del comercio digital bajo el Código Comercial Uniforme (UCC, por sus siglas en inglés). Así es como cambia las finanzas de los residentes en el estado.Cómo impacta la ley HB 515 en FloridaLa HB 515 modifica de forma integral los estatutos de Florida para adaptarlos a las prácticas financieras contemporáneas. Lo hace a través de la creación del capítulo 669 y la modificación del capítulo 679 del Código Comercial Uniforme, e incorpora nuevas figuras jurídicas que, en esencia, buscan brindar mayor seguridad jurídica a quienes operan con activos intangibles.El núcleo de esta transformación se encuentra en la legalización y regulación del concepto de registro electrónico controlable (Controllable Electronic Record - CER), una figura que abarca una amplia gama de activos digitales, incluidos muchos tipos de criptoactivos.Qué es un Registro Electrónico Controlable (CER) en FloridaEl capítulo 669 define al registro electrónico controlable como cualquier archivo digital que puede ser manejado por una persona que tenga poder efectivo sobre él. Es decir, el marco legal se construyó deliberadamente para regular criptomonedas privadas o descentralizadas, sin otorgar validez a monedas emitidas por bancos centrales, tal como fue señalado en el texto de la ley.El control de un CER implica que la persona puede:Obtener beneficios sustanciales del registro.Impedir de manera exclusiva que terceros tengan el control.Transferir ese control a otros.Ser fácilmente identificable como poseedora de estos poderesEsta combinación de requisitos busca garantizar la seguridad de las operaciones digitales sin depender de intermediarios tradicionales.Quiénes adquieren derechos sobre un registro electrónico controlableUno de los ejes de la nueva ley gira en torno a la figura del “comprador cualificado”. Se trata de una persona que adquiere control de un CER o un interés en él a cambio de valor, al actuar de buena fe y sin conocer reclamaciones previas de derechos sobre ese activo.En un guiño a la simplificación burocrática, la HB515 también aclara que el solo hecho de haber presentado una declaración financiera bajo el capítulo 679 no equivale a notificar que se tiene un derecho sobre el registro electrónico controlable.La figura del dinero electrónico y su régimenLa legislación define el dinero electrónico como un bien expresado y transmitido en formato digital. El control sobre este tipo se rige por criterios similares a los de los registros electrónicos:Acceso al beneficio sustancial.Poder exclusivo para evitar el uso por parte de otros.Capacidad para transferir el control.Identificación clara del poseedor de estos derechos.El control puede estar compartido, pero siempre se presume exclusivo, a menos que una segunda persona deba actuar para que la primera ejerza su control. La ley contempla además que un tercero que adquiera este dinero electrónico, sin coludirse con el deudor y con control legítimo sobre el activo, lo hace libre de intereses de seguridad ajenos.Cuentas e intangibles de pago controlablesLa norma también reconoce como activos válidos las cuentas controlables y los intangibles de pago controlables. Ambos están respaldados por registros electrónicos que obligan al deudor a pagar a quien posea el control.En términos simples, son derechos de cobro garantizados digitalmente. Un acreedor asegurado obtiene prioridad legal si demuestra tener control del archivo digital que da validez a ese derecho de cobro. Uno de los aportes más innovadores de la HB 515 se encuentra en la manera de priorizar los intereses de seguridad sobre estos activos digitales. Las reglas principales son:El control garantiza la perfección del derecho sobre el activo.El acreedor con control tiene prioridad sobre otros acreedores que no lo tengan.Un comprador que adquiere control antes de la perfección de un interés de seguridad, y que desconoce la existencia de ese interés, obtiene el activo libre de restricciones.De este modo, Florida establece un sistema que favorece la claridad jurídica y que incentiva a las partes a formalizar el control digital de sus activos para evitar disputas futuras. Este enfoque es innovador, ya que como son activos que han aparecido a la par con la tecnología, no existía un marco legal que los regulara.
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